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lunes, 27 de abril de 2020

CONNECTICUT: RENTAS DE MAYO TIENE EXTENSIÓN DE 60 DIAS

Foto: Zillow
Debido a los golpes a la economía que ha causado el Coronavirus, el  10 de abril el gobernador Lamont había firmado un decreto ejecutivo dando extensión de ayuda de 60 días a las personas que rentan apartamentos en el estado de Connecticut para los meses de abril y mayo. La orden también prohíbe a los propietarios, hostigar, amenazar, desalojar o presentar quejas en la corte contra los inquilinos que no pueden pagar su alquiler del mes de abril y mayo. 

Como regla para participar de la extensión adicional de 60 días para las rentas, los inquilinos deben de escribir una carta a su arrendador (landlord) y explicar el motivo de no poder pagar sus rentas. Este documento debe de ser entregado al arrendador antes del 10 de mayo del 2020.  Esta extensión extra, también está amparada bajo la orden del Gobernador Lamont.

Durante su conferencia de prensa del 10 de abril cuando inicialmente se anunció esta ayuda, el gobernador dijo que esta orden es "Un respiro hasta que volvamos a poner en marcha esta economía, o al menos hasta que obtengamos esos otros apoyos del gobierno federal".
Como parte de acción comunitaria, el portar AyudaLegalCT.org (en ingles ctlawhelp.org) ha publicado una plantilla como ejemplo de la carta que se debe mandar a los propietarios de los apartamentos para que así las personas que necesitan participar de esta ayuda puedan extender el plazo de pago de rentas del mes de mayo.
Para descargar la plantilla, por favor dar click aquí 
Con esta orden y extensión del estado de Connecticut, el propietario de los apartamentos no puede:
  • bloquearlo,
  • quitarle sus pertenencias,
  • apagar sus utilidades, o
  • rehusarse a hacer las reparaciones necesarias.


Si paga el alquiler de abril dentro de los 60 días después de la fecha límite el propietario no puede desalojarlo; lo mismo ocurre con el mes de mayo. Si aún así, el propietario intenta desalojarlo o tomar algún tipo de acción en contra suya, puede llamar a la oficina de cumplimiento del código de vivienda de su pueblo o ciudad y llamar a Servicios Legales Estatales al 1-800-453-3320 para obtener ayuda legal e información.


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